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Modalidad Abierta
Según el reglamento de la Federación Española “se considera agentes de jugadores a quienes desempeñen con regularidad la actividad de representación de futbolistas, clubes y sociedades anónimas deportivas para facilitar la negociación y preparación de relaciones contractuales y, especialmente, de transferencias de futbolistas entre aquellos”.
Es decir, es una persona capacitada para intermediar entre un club de fútbol y un jugador de forma que el club pueda contratar al futbolista.
Para llevar a cabo esta contratación, la Federación exige que el agente disponga de la correspondiente Licencia, de hecho, la FIFA, prohíbe expresamente utilizar intermediarios que no tengan dicha licencia.
Ser español o miembro de cualquier país de la Unión Europea.
Ser mayor de edad.
No haber sido condenado en sentencia firme por delitos de falsedad, cohecho,
malversación, tráfico de influencias, uso de información privilegiada y delitos contra los derechos de los trabajadores o contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social.
No haber sido sancionado en firme por infracciones graves o muy graves en materia de disciplina deportiva.
No haber sido sancionado en firme por infracción muy grave en materia social.
- Carpeta 1 y 2: Reglamentos y Estatutos FIFA, Reglamento sobre Agentes de Jugadores, Reglamentos y Estatutos RFEF, transferencia de jugadores,…
- Carpeta 3: Material adicional compuesto por Legislación deportiva
- Examen
Consistirá en la resolución de un cuestionario de 20 preguntas tipo test, de las que 15 serán sobre la FIFA y Derecho Internacional, y las 5 restantes sobre la Federación y Derecho Nacional.
Las preguntas versarán sobre el reglamento y estatutos de la FIFA, RFEF, LNFP.
Para poder contestar algunas preguntas, conviene tener conocimiento de Derecho de la Personalidad, Derecho Civil, Obligaciones y Contratos, Derecho deportivo y Derecho Administrativo.
Cada pregunta puntuará de 1 a 3 puntos.
El examen se considerará superado si se consigue un 66_ de los puntos.
La prueba se corrige momentos después de ser terminada, comunicando el resultado individualmente.
Si no se aprueba a la primera (por ejemplo Marzo) se podrá presentar una segunda vez (Septiembre). En caso de no aprobar, no podrá volver a presentarse hasta que transcurran dos convocatorias, en caso de no superar el examen en tercera convocatoria, o podrá volver a presentarse hasta que transcurran dos años.
- La duración de los servicios prestados por el Centro será de 2 años.