Convocatoria: Bombero/a, Conductor/a, Especialista
Convocante: Ayuntamiento de Madrid
Tipo: Oposición
Grupo: C1
Nº Plazas: 70
Origen: BOE nº 291 02-12-2016
Documento Oficial: ver documento
Fecha de publicación: 02/12/2016
Plazo: Hasta el 22/12/2016
En el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid número 7792, de 25 de noviembre de 2016, se han publicado íntegramente las bases específicas que han de regir el proceso selectivo y la convocatoria para proveer: 75 plazas de la categoría de Bombero Conductor Especialista del Cuerpo de Bomberos, correspondiendo 70 a turno libre y 5 a promoción interna, mediante el sistema de concurso-oposición.
*Requisitos:
1. Ser español. En algunas Provincias o Comunidades, según convocatoria, puede ser requisito ostentar la nacionalidad de alguna de los Estados miembros de la Unión Europea.
2. Tener 18 años cumplidos y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa (en algunas convocatorias hay límite de edad).
3. Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Bachiller o Técnico. Aunque en algunos ayuntamientos pueden pedir estar en posesión del Título de Graduado Escolar, Graduado en Educación Secundaria, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente.
4. No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal ejercicio de la función, conforme al cuadro de inutilidades. No hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad específica.
5. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del Servicio del Estado o de la Administración Local, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
6. Poseer la actitud Psicofísica adecuada.
7. Acreditar el conocimiento de una de las siguientes profesiones: albañil, carpintero de armar, carpintero de taller, encofrador, cerrajero, electricista, fontanero, montador de estructuras metálicas, cantero, pocero. Esta acreditación se efectuará mediante prueba al efecto que fije el Tribunal. En la instancia para tomar parte en el proceso selectivo los aspirantes deberán hacer constar la declaración de oficio y la categoría correspondiente (Peón, Ayudante, Oficial de 2a, Oficial de 1a). No podrán tomar parte en el proceso selectivo aquellos que no indiquen el oficio y la categoría, e igualmente no podrán cambiarse a ningún otro oficio o categoría una vez iniciado el proceso.